jueves, 28 de octubre de 2010

Sobre la metodología del Derecho

El Derecho positivo se integra por un conjunto de normas de conducta bilaterales, exteriores , heterónomas , coercibles e imperativo-atributivas . Entendiendo esto, que son reglas sociales cuyo fin es el de regular la conducta social y en caso de incumplimiento , se sujetará a sanción por quien tenga esa facultad como representante social.
Las normas Morales, sociales y religiosas constituyen el conjunto de normas unilaterales, interiores, autónomas, incoercibles e imperativas.
Respecto a estas ultimas, puedo señalar que si bien detentan un peso relativo en la sociedad , solamente son de carácter referencial, pues por ejemplo , las normas de etiqueta o de comportamiento en una situación particular, como un acto social, ceremonial o religioso, su cumplimiento depende exclusivamente de un individuo, pero a diferencia de las primeras, su incumplimiento, solo será sancionado cuando mas, en el señalamiento del resto de esa sociedad, sin imponersele pena física o de tipo pecuniario (multa).
Así pues, de inicio sobre el método jurídico , se hace una distinción para señalar y precisar los dos campos del derecho en cuanto a su forma.
El método del Derecho se clasifica en :
-Método conceptual. Intenta clasificar los conceptos para llegar a definiciones precisas.
-Método Sistemático. Es darle orden a los conocimientos adquiridos .
-Método Deductivo. Es inferir conclusiones particulares al leer y analizar información .
-Método Inductivo. Es analizar situaciones que se presentan en lo particular y de ahí concluir en lo general.
-Método de concordancias. Se comparan los supuestos diferentes y se delimita su coincidencia e interpelaciones.
-Método de diferencias. Se comparan hechos jurídicos para especificar sus características .
-Método de variaciones concomitantes. Es determinar los cambios del suceso a examinar.
-Método comparativo. Es el mecanismo por el cual se comparan diferentes etapas , sucesos, temporalidad de un hecho jurídico.
-Método dialéctico . Utiliza la confrontación de ideas .

Otros métodos que se utilizan son : fenomenológico ; sintético ; Analítico ; análisis lógico-lingüístico , método mayedutico y el método histórico.

Proceso de creación de leyes

El creador de la norma jurídica, debe considerar aspectos importantes. En su elaboración se debe partir de un problema social o de conducta social, y el plantearlo mediante una norma jurídica deberá ser para establecer una solución al mismo.
El cumplimiento de dicha norma es un aspecto fundamental para garantizar su eficacia. Pues una norma que no es respetada, no solo se vuelve letra muerta, si no que no tiene razón de ser. Quiero decir, que las normas deben de regular la conducta de los hombres en tanto sociedad y si ésta, no las respeta de nada sirven. Algunos elementos que se tendrán que requerir es ubicar que la ley o texto normativo, pase por el razonamiento del creador de la ley, en tanto representante de un segmento de la población , definirá su particular moral o la moral social.